¿QUÉ ES UNA FIANZA
Y QUIÉNES FORMAN PARTE DE ELLA??
Fianza es un acuerdo suscrito entre tres partes, en
el cual uno llamado afianzador (Cía.de seguros
o un Banco) se compromete con otra parte denominada
beneficiario o asegurado a responder por el incumplimiento
de un tercero, llamado el principal, contratista o
afianzado.
TIPOS DE FIANZA.
- SERIEDAD DE OFERTA DEL SECTOR PÚBLICO.
La compañía garantiza a la entidad asegurada,
hasta la sumas máximas que se estipulen, el
pago en efectivo, que debe recibir del proponente
por incumplimiento de las obligaciones derivadas de
su participacion en la licitación efectuada
por la entidad asegurada. y que se especifica en el
contrato de seguro.
Las obligaciones consisten en:
- Mantenimiento de la oferta por parte del proponente
en tiempo y plazo que defina
la ley.
- La firma del proponente en los plazos y formas a
que esté obligado a hacerlo de acuerdo a la
ley de contratación pública o bases
de licitación de concurso de ofertas.
- SERIEDAD DE OFERTA DEL SECTOR PRIVADO.
La compañía garantiza al asegurado,
el pago de la suma máxima que estipulen en
el contrato de seguro que hubiera recibido el proponente
por incumplimiento de las obligaciones derivadas de
su participación en la licitación o
concuros efectuado por el asegurado que serán
especificadas mediante condiciones particulares.
Garantías:
- El proponente mantenga la oferta en los plazos y
formas que defina el contrato.
- El proponente suscriba el contrato en los plazos
y formas al que este obligado a hacerlo según
contrato.
- CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DEL SECTOR PÚBLICO.
La presente poliza cubre el riesgo de incumplimiento
del contratista y de las obligaciones que contrajere
a favor de terceros provenientes de dicho contrato.
La compañía no responde por el incumplimiento
del contrato que sea ocasionado por fuerza mayor o
caso fortuito debidamente comprobados.
- Cualquier modificación al contrato entre
la entidad asegurada y el contratista que no haya
sidos aprabada por la compañía, no obligará
a responder por la agravación del riesgo.
- CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DEL SECTOR PRIVADO.
La presente poliza cubre el riesgo de incumplimiento
del contratista y de las obligaciones que contrajere
a favor de terceros provenientes de dicho contrato.
la compañía no responde por el incumplimiento
del contrato que sea ocasionado por fuierza mayor
o caso fortuito debidamente comprobados.
- Cuando las disposiciones
legales o contractuales pertinentes establezcan las
dispensas del contratista.
- Cuando la compañía pruebe que el incumplimiento
del contratista acareciere a consecuencia de estado
de guerra, invasión o cualquier acto de hostilidad
por
enemigo extranjero guerra civil y otras conmociones
interiores.
- Cuando el asegurado cambie, modifique o altere las
bases del contrato, de la licitación o conjuro
sin previo consentimiento por escrito de la aseguradora.
- Casos de fuerza mayor debidamente comprobados.
- BUEN USO DE ANTICIPO DEL SECTOR PÚBLICO.
La presente poliza cubre
la devoluciones de los saldos deudores del anticipo
en caso de resolución y terminación y/o
resiliación del contrato por las causas señaladas
en el contrato. Si el contratista usare el anticipo
para otros fines que no sean los del contrato, la aseguradora
responderá por los daños causados.
La indemnización a que da derecho este seguro
podrá ser cobrada únicamente por la entidad
asegurada.
- BUEN USO DE ANTICIPO DEL
SECTOR PRIVADO.
La presente póliza cubre la devolución
de los saldos deudores del anticipo en casos de resolución,
terminación y/o resiliación del contrato
por las causas señaldas en el mismo y de acuerdo
con la legislación Ecuatoriana.
en caso de que la ley , reglamento contratos lo permitan
la compañía podrá gozar de benéficos
de exclusión u orden.
- La indemnización a que da derecho este seguro
podrá ser cobrada únicamente por el asegurado.
- GARANTÍAS ADUANERAS
Asegura a la Dirección General de Aduanas por
la falta de pago de los derechos arancelarios, tasas,
multas, intereses y más recargos de aporte del
afianzado o garantizado por las operaciones de importación,
exportación y/o tránsito de bienes de
legítimo comercio.
- FIDELIDAD DEL SECTOR PÚBLICO.
Este seguro ampara los actos fraudelentos tales como
desfalco, falsificación, robo, rateria, desaparición
fraudelanta, cometidos por el servidor publico de la
entidad asegurada, actuando solo o en complicidad de
otros y que produzcan perjuicios económicos comprobables.
- FIDELIDAD DEL SECTOR PRIVADO.
Este seguro ampara los actos
fraudelentos tales como desfalco falsificación
robo rateria desaparición fraudelanta cometidos
por el empleado y que produzcan perjuicios económicos
comprobables.
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