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SEGURO DE FIANZAS


¿QUÉ ES UNA FIANZA Y QUIÉNES FORMAN PARTE DE ELLA??

Fianza es un acuerdo suscrito entre tres partes, en el cual uno llamado afianzador (Cía.de seguros o un Banco) se compromete con otra parte denominada beneficiario o asegurado a responder por el incumplimiento de un tercero, llamado el principal, contratista o afianzado.

TIPOS DE FIANZA.
- SERIEDAD DE OFERTA DEL SECTOR PÚBLICO
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La compañía garantiza a la entidad asegurada, hasta la sumas máximas que se estipulen, el pago en efectivo, que debe recibir del proponente por incumplimiento de las obligaciones derivadas de su participacion en la licitación efectuada por la entidad asegurada. y que se especifica en el contrato de seguro.

Las obligaciones consisten en:
- Mantenimiento de la oferta por parte del proponente en tiempo y plazo que defina
  la ley.
- La firma del proponente en los plazos y formas a que esté obligado a hacerlo de   acuerdo a la ley de contratación pública o bases de licitación de concurso de ofertas.


- SERIEDAD DE OFERTA DEL SECTOR PRIVADO.
La compañía garantiza al asegurado, el pago de la suma máxima que estipulen en el contrato de seguro que hubiera recibido el proponente por incumplimiento de las obligaciones derivadas de su participación en la licitación o concuros efectuado por el asegurado que serán especificadas mediante condiciones particulares.

Garantías:
- El proponente mantenga la oferta en los plazos y formas que defina el contrato.
- El proponente suscriba el contrato en los plazos y formas al que este obligado a   hacerlo según contrato.



- CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DEL SECTOR PÚBLICO.
La presente poliza cubre el riesgo de incumplimiento del contratista y de las obligaciones que contrajere a favor de terceros provenientes de dicho contrato. La compañía no responde por el incumplimiento del contrato que sea ocasionado por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.

- Cualquier modificación al contrato entre la entidad asegurada y el contratista que no   haya sidos aprabada por la compañía, no obligará a responder por la agravación del   riesgo.


- CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DEL SECTOR PRIVADO.
La presente poliza cubre el riesgo de incumplimiento del contratista y de las obligaciones que contrajere a favor de terceros provenientes de dicho contrato. la compañía no responde por el incumplimiento del contrato que sea ocasionado por fuierza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.

- Cuando las disposiciones legales o contractuales pertinentes establezcan las   dispensas del contratista.
- Cuando la compañía pruebe que el incumplimiento del contratista acareciere a   consecuencia de estado de guerra, invasión o cualquier acto de hostilidad por
  enemigo extranjero guerra civil y otras conmociones interiores.
- Cuando el asegurado cambie, modifique o altere las bases del contrato, de la   licitación o conjuro sin previo consentimiento por escrito de la aseguradora.
- Casos de fuerza mayor debidamente comprobados.

- BUEN USO DE ANTICIPO DEL SECTOR PÚBLICO.
La presente poliza cubre la devoluciones de los saldos deudores del anticipo en caso de resolución y terminación y/o resiliación del contrato por las causas señaladas en el contrato. Si el contratista usare el anticipo para otros fines que no sean los del contrato, la aseguradora responderá por los daños causados.

La indemnización a que da derecho este seguro podrá ser cobrada únicamente por la entidad asegurada.


- BUEN USO DE ANTICIPO DEL SECTOR PRIVADO.
La presente póliza cubre la devolución de los saldos deudores del anticipo en casos de resolución, terminación y/o resiliación del contrato por las causas señaldas en el mismo y de acuerdo con la legislación Ecuatoriana.
en caso de que la ley , reglamento contratos lo permitan la compañía podrá gozar de benéficos de exclusión u orden.

- La indemnización a que da derecho este seguro podrá ser cobrada únicamente por el   asegurado.


- GARANTÍAS ADUANERAS
Asegura a la Dirección General de Aduanas por la falta de pago de los derechos arancelarios, tasas, multas, intereses y más recargos de aporte del afianzado o garantizado por las operaciones de importación, exportación y/o tránsito de bienes de legítimo comercio.

- FIDELIDAD DEL SECTOR PÚBLICO.
Este seguro ampara los actos fraudelentos tales como desfalco, falsificación, robo, rateria, desaparición fraudelanta, cometidos por el servidor publico de la entidad asegurada, actuando solo o en complicidad de otros y que produzcan perjuicios económicos comprobables.


- FIDELIDAD DEL SECTOR PRIVADO.
Este seguro ampara los actos fraudelentos tales como desfalco falsificación robo rateria desaparición fraudelanta cometidos por el empleado y que produzcan perjuicios económicos comprobables.